Se reglamenta la publicidad para los candidatos al concejo y alcaldía

Teniendo en cuenta el Decreto No 172 del 28 de abril del 2.015.

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Se citó a una socialización en la ESE de Salud Sogamoso, a los candidatos al Concejo Municipal y Alcaldía para dar a conocer la reglamentación con respecto al manejo de la publicidad en las campañas.

En esta reunión se contó con la presencia, del Registrador encargado Dr. Augusto Galvis Sánchez, TC Giovanny Puentes, Comandante II Distrito de Boyacá de la Policía Nacional, Dr. Javier Fernando Farfán Personero Municipal, Dr. Javier Mauricio Bayona Romero, Secretario de Gobierno, Ingeniero Luis Miguel Flores, jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Representante de la Procuraduría, del CTI y del Ejercito Nacional.

En este Decreto se establece que, en cuanto a cuñas radiales se tiene derecho por partido político a 40 cuñas , 6 avisos de prensa hasta del tamaño de una página y en cuanto a vallas hasta 12 vallas.

Está totalmente prohibido el hacer campaña política en fachadas de las residencias, en los vehículos de servicio público, en zonas históricas, edificios o entidades públicas, en propiedad privada sin consentimiento del propietario o poseedor, en postes de apoyo eléctrico o telefónico, muros de contención de ríos y canales no se permite efectuar publicidad o propaganda a 100 metros de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

En las glorietas y zona céntrica de Sogamoso no se pueden instalar vallas a menos de 80 metros, en la calle 10 a la calle 21 y entre carreras 9 y 14. El Decreto No 172 es de estricto cumplimiento.

Para mayor información pueden visitar la página de la Alcaldía Municipal, donde se encuentra publicado el Decreto No 172 del 28 de abril del 2.015.

Fuente de la Noticia: ALCALDIA

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